Dictamen CGR

Dictamen N° 14088/2016

2016-02-23 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 14.088 Fecha: 23-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5329, conducido por su funcionario, señor Francisco Javier Figueroa Pérez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 3 de mayo de 2015, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por la Avenida Los Libertadores, y próximo a la intersección con calle Santa Elena, en la comuna de Huechuraba, atropelló a una persona que se expuso al riesgo al cruzar la primera vía por una zona no habilitada para ello, lo que la Prefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 84, de la misma anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 448, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma de $159.040, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Francisco Javier Figueroa Pérez, por los daños causados en el furgón fiscal Z-5329; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante