Dictamen N° 14097/2016
N° 14.097 Fecha: 23-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comando de Personal del Ejército, consultando si el diploma de Terapeuta Ocupacional, conferido por la Universidad Andrés Bello en el año 2015, permite recibir la asignación de especialidad al grado efectivo y el sobresueldo por título profesional. Al respecto, es útil recordar que el artículo 185, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, prescribe, en lo pertinente, que el personal afecto a la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas podrá percibir una asignación mensual de especialidad al grado efectivo, al igual que los empleados civiles profesionales universitarios y el personal a contrata profesionales universitarios, encasillados o nombrados según corresponda, en los grados que menciona. Asimismo, el artículo 186, letra g), del texto legal precitado, previene, en lo que interesa, que los servidores que señala, con título profesional universitario, que desempeñan funciones propias de su profesión y cumplan una jornada de 44 horas semanales, tendrán derecho a un sobresueldo equivalente al monto que dicho precepto establece. Como puede advertirse, de la señalada normativa aparece que para gozar de los beneficios a que ella alude, es necesario contar con un título profesional, calidad que, según se indicó expresamente en la certificación adjunta, posee el diploma en análisis, motivo por el cual es dable concluir que aquel habilita para percibir los estipendios por los que se consulta. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante