Dictamen N° 14157/2016
N° 14.157 Fecha: 23-II-2016 Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto del epígrafe, que “aprueba reglamento del examen para la detección del virus de la inmunodeficiencia humana en personas privadas de libertad”, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe hacer presente que según se colige de sus disposiciones, su ámbito de aplicación no comprende los exámenes para la detección del virus de inmunodeficiencia humana que se efectúen a las personas privadas de libertad internadas en los centros cerrados o de internación provisoria administrados por el Servicio Nacional de Menores, en conformidad con la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. En razón de lo anterior, es necesario precisar que la regulación de la especie es sin perjuicio de aquella que corresponde dictar en relación con estos últimos establecimientos penales, en cumplimiento de lo prescrito por el artículo 5° de la ley N° 19.779 -que establece normas relativas al virus de inmunodeficiencia humana- y por el artículo 1°, inciso segundo, del decreto N° 182, de 2005, del Ministerio de Salud, reglamento del examen para la detección del virus aludido. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo examinado. Transcríbase al Ministerio de Salud. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República