Dictamen CGR

Dictamen N° 14169/2016

2016-02-23 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa las resoluciones N°s 10 a 41, de 2016, del Fondo Nacional de Salud

N° 14.169 Fecha:23-II-2016 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a las resoluciones N °s 10 a 41, de 2016, del Fondo Nacional de Salud (FONASA), mediante las cuales se aprueban los acuerdos de gestión de los programas "Prestaciones Valoradas" y "Prestaciones Institucionales", suscritos entre dicho organismo, la Subsecretaría de Redes Asistenciales y las instituciones indicadas en estas, por cuanto no se ajustan a derecho. En efecto, cabe consignar que los acuerdos de voluntades en estudio no contienen las metas sanitarias asociadas al programa “Prestaciones Institucionales”, en circunstancias que dicho aspecto debió ser regulado en tales instrumentos de acuerdo con la glosa 01 aplicable al subtítulo 24 del programa 04 del presupuesto de FONASA, contenida en la ley N° 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016. Asimismo, resulta objetable que la cláusula sexta de los documentos en estudio excluya del marco presupuestario del programa “Prestaciones Institucionales” aquellas transferencias asociadas a los decretos relativos a remuneraciones, recursos humanos y situaciones de emergencia, pues de la descripción del programa y de los anexos adjuntos, aparece que su objetivo es precisamente financiar el funcionamiento permanente de los establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, lo cual normalmente incluye los conceptos de gastos anteriores. Del mismo modo, debe observarse que el numeral 1 de la cláusula séptima de los instrumentos en examen alude a “los Anexos I a IV que se acompañan” a los respectivos convenios, en circunstancias que solo se adjuntan 3 anexos complementarios a tales acuerdos. Por último, cumple con recordar que los traspasos de recursos que se vienen aprobando deberán ceñirse a la resolución N° 30, de 2015, de esta Contraloría General, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representan los actos administrativos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República