Dictamen CGR

Dictamen N° 14232/2016

2016-02-23 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcance las resoluciones N°s. 523 y 524, ambas de 2015, del Fondo Nacional de Salud

N° 14.232 Fecha: 23-II-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos de la suma, mediante los cuales se aprueban los contratos suscritos vía trato directo con las entidades que en cada caso se individualizan, para la prestación de los servicios que se indican, por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con manifestar que de conformidad con los antecedentes tenidos a la vista, esta Entidad Fiscalizadora entiende que la causal de trato directo que fundamenta la contratación de la especie es aquella prevista en el artículo 10, N° 7, letra f), del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886, esto es, cuando por la magnitud e importancia que implica la contratación se hace indispensable recurrir a un proveedor determinado en razón de la confianza y seguridad que se derivan de su experiencia comprobada en la provisión de los bienes o servicios requeridos, y siempre que se estime fundadamente que no existen otros proveedores que otorguen esa seguridad y confianza. En efecto, ha quedado constancia que los servicios médicos que se requieren suponen una ubicación geográfica determinada y que ella sea accesible para los beneficiarios de dicha atención, condiciones que cumplen los prestadores que se contratan a través de los documentos de la suma, estimando fundadamente el Fondo Nacional de Salud que no existen otros proveedores que presten el servicio en esas condiciones y que otorguen la pertinente seguridad y confianza. Cabe agregar, como consta de las contrataciones que se aprueban, suscritas con empresas distintas, que los servicios que se requieren pueden ser realizados por más de un prestador, por lo que la causal de proveedor único que se invoca en las resoluciones del rubro, no resulta procedente. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de los actos administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República