Dictamen N° 14284/2019
N° 14.284 Fecha: 28-V-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Servicio Nacional de Aduanas, consultando si en conformidad con la resolución N° 7, de 2019, de esta Entidad Fiscalizadora, el otorgamiento de franquicias aduaneras está sujeto al trámite de toma de razón. Sobre el particular, cabe manifestar que según lo señalado en el artículo 19 de la aludida resolución N° 7, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, a partir del 1 de julio de esa anualidad -fecha de entrada en vigencia del mencionado acto administrativo-, el otorgamiento de franquicias aduaneras se encuentra exento del trámite de toma de razón, sin perjuicio de la afectación temporal y los controles de reemplazo regulados en los artículos 20 y 22 de dicha resolución. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Graciela Lepe Uribe Subjefe División Jurídica