Dictamen N° 14555/2026
N° OF14555 Fecha: 22-01-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para la contratación de los servicios de aseo, pero cumple con hacer presente que el Servicio de Impuestos Internos deberá precisar en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en la respectiva etapa de aclaraciones, que conforme al artículo 4°, inciso segundo, de la ley N° 19.886, la obligación de acreditar que las obligaciones derivadas de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años se encuentran liquidadas, se debe realizar al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, plazo este último que fue omitido en el N° 3.13 de la parte II del pliego en estudio. Asimismo, cabe consignar que la suscripción del correspondiente contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles contado desde la notificación de la resolución de adjudicación, acorde con los artículos 10, inciso segundo, de la ley N° 19.886, y 119, párrafo final, del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, lo que no se especificó en la última celda del cuadro “Ficha ejecutiva”, ni en el N° 4.1 de la parte II de las bases analizadas. Por último, cabe señalar que la referencia legal efectuada en el tercer párrafo del N° 2.3 de la parte I de las bases en análisis es a la ley N° 19.886, y que la alusión a las bases técnicas hecha en el numeral i) de la letra a) de su N° 4.2 es al N° 7.2.2, y no lo que en los respectivos casos se indica. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General