Dictamen CGR

Dictamen N° 14662/2016

2016-02-24 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 14.662 Fecha: 24-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4817, conducido por su funcionario, señor César Antonio Fuica Figueroa, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 8 de noviembre de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el referido vehículo por la Avenida Pedro Aguirre Cerda, en persecución de un automóvil particular que tenía encargo por robo, y al llegar a la intersección con la Avenida El Pincoy, en la comuna de Huechuraba, el chofer de ese último móvil realizó un viraje en “U”, para luego acelerar y chocar al furgón policial, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Centro Norte. Los daños provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 371, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma de $5.695.625, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor César Antonio Fuica Figueroa, por los daños causados en el furgón fiscal Z-4817; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante