Dictamen N° 1470/2012
N° 1.470 Fecha: 09-I-2012 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad del acto administrativo indicado, por el cual se adjudica la propuesta pública de contratación de servicios para la “modernización de los métodos de control, validación y detección de fármacos”, ya que se encuentra exento del trámite referido, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Al respecto, cabe señalar que, de acuerdo al N° 9.6.4 del artículo 9°, de la precitada resolución, el acto de adjudicación sólo estará afecto a toma de razón cuando el texto del contrato respectivo se contenga en bases administrativas tomadas razón o ajustadas a un formato tipo previamente aprobado por este Organismo de Fiscalización, lo que no ha ocurrido en la especie, puesto que en la resolución N° 266, de 2011, del Instituto de Salud Pública -por la que se autorizó el llamado a licitación pública para la contratación del servicio en comento y se aprobaron las bases administrativas y técnicas correspondientes, y que sirve de antecedente al acto en examen-, no se contiene el texto del contrato a suscribir. Atendido lo anterior, procede que ese servicio someta a toma de razón la aprobación del acuerdo de voluntades de que se trata, acompañando todos los antecedentes pertinentes del proceso de licitación, incluidos los de la oferta adjudicada. Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la mencionada resolución N° 1.600, de 2008. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República