Dictamen N° 147284/2021
N° E147284 Fecha: 14-X-2021 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio celebrado por trato directo para la ejecución de las “Obras de emergencia para perforación y habilitación de pozos someros, sector Huintil y Chalinga, región de Coquimbo”, sin embargo, cumple con precisar que conforme al presupuesto convenido la unidad correcta del ítem 6.3.1, suministro e instalación de tubería hidráulica, DN=25 mm, es el metro, y no como se consigna en la parte II del acuerdo. Luego, y en cuanto a la cantidad de unidades de fomento a que se alude en el resuelvo 5° del acto en examen, se debe precisar que la determinación definitiva de esa cantidad, debe considerar el valor de la unidad de fomento correspondiente al último día del mes anterior a la fecha en que la resolución que adjudica el contrato ingrese totalmente tramitada, de acuerdo a lo expresado en el punto 6 de la parte I del convenio que se aprueba. Por su parte, en relación al orden de prelación establecido en el punto 1.2 de la parte II del pacto, esta Contraloría General entiende, dada la naturaleza de trato directo del convenio de que se trata, que es dicho convenio el que debe comprenderse en el punto 1°. Finalmente, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, se deberá actuar en función de la emergencia invocada, específicamente en lo que se refiere a un accionar más oportuno en la realización de los trabajos necesarios para superarla. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División