Dictamen CGR

Dictamen N° 14746/2017

2017-04-26 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Recurrente no reúne todas las condiciones exigidas por la ley N° 20.531 para acceder a la exención de cotización de salud

N° 14.746 Fecha: 26-IV-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Alarcón Sáez, pensionado de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, reclamando porque el Instituto de Previsión Social le habría cesado el beneficio de la rebaja de cotización de salud contemplado en la ley N° 20.531. Requerido al efecto, el anotado instituto, junto con remitir cuatro expedientes, manifestó que el recurrente no reúne las condiciones legales para gozar del beneficio que pretende. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2° y segundo transitorio de la ley N° 20.531 -modificada por la ley N° 20.864-, las personas que perciban pensión de vejez de cualquier de los regímenes previsionales administrados por el Instituto de Previsión Social, tendrán derecho a la exención de la cotización legal destinada a financiar las prestaciones de salud, siempre que acrediten residencia en Chile en los términos que establece y que integren un grupo familiar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de la población conforme al instrumento técnico de focalización que indica, correspondiendo a dicha entidad previsional verificar el cumplimiento de esos requisitos. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el interesado no cumple con la condición de pertenecer a los cuatro primeros quintiles de la población de Chile, ya que su puntaje de focalización previsional supera el límite fijado al efecto. Por consiguiente, se concluye que el señor Alarcón Sáez no tiene derecho a acceder a la exención en análisis. Transcríbase al Instituto de Previsión Social, haciéndole devolución de los expedientes acompañados. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal