Dictamen CGR

Dictamen N° 14797/2015

2015-02-23 · Servicios de utilidad pública y regulación sectorial · general · Vigente
Sumario. Sobre presentación que impugna el procedimiento para otorgar la concesión de radiodifusión sonora que se indica

N° 14.797 Fecha: 23-II-2015 Con motivo de una presentación efectuada por don Samuel Guerrero Rojas, en representación de “Comunicaciones Maipo Limitada”, a través de la cual formulaba diversas consideraciones sobre la legalidad del concurso público para el otorgamiento de una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Cartagena, correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011, convocado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, esta Contraloría General, mediante el oficio N° 92.810, de 2014, manifestó, en síntesis, que tales apreciaciones serían ponderadas en su oportunidad, al realizar el examen preventivo de juridicidad del respectivo acto de otorgamiento. En esta oportunidad el recurrente nuevamente solicita a este Organismo Fiscalizador que, en forma previa al citado examen, se pronuncie acerca de las materias que había planteado en su anterior presentación -las que se insertan en el marco de la oposición que interpuso en contra de la resolución exenta N° 5.882, de 2012, de la aludida Secretaría de Estado, que asignó la mencionada concesión a la empresa que señala-, en atención a las razones que puntualiza. Estando pendiente esta última solicitud, con fecha 21 de enero de 2015 fue ingresado a esta Entidad de Control para cumplir con el respectivo estudio preventivo de legalidad el decreto N° 11, de igual anualidad, del reseñado Ministerio, que otorga la concesión en comento. Ahora bien, con ocasión de aquel estudio, este Órgano Contralor realizó el pertinente análisis de juridicidad teniendo en consideración las alegaciones formuladas por el interesado en sus presentaciones, el informe evacuado por la Subsecretaría del ramo y los antecedentes acompañados al individualizado decreto -entre ellos, los relativos a la oposición referida-. Es así que, luego de examinar y ponderar en detalle las argumentaciones vertidas por el peticionario y los demás documentos que obran en el expediente administrativo, como también, por cierto, la normativa aplicable en la especie, el antedicho decreto fue tomado razón con el oficio de alcance N° 11.675, de 11 de febrero de 2015, de este origen, por encontrarse ajustado a derecho. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación