Dictamen N° 14816/2017
N° 14.816 Fecha: 26-IV-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito con fecha 7 de febrero de 2017 entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. (ENTEL S.A.) para el servicio de data center que indica, en atención a las siguientes observaciones: 1. La cláusula décimo sexta del acuerdo de voluntades que se viene aprobando, difiere de lo previsto en el punto 1.19. “Subcontratación” del pliego de condiciones, toda vez que en el documento en análisis se consigna un porcentaje de subcontratación que no podrá superar el 70%, mientras que en aquellas bases aquel es de 30%. 2. Lo propio acontece en relación con la cláusula décimo séptima del documento en examen que señala que “El modo efectivo del pago, tras las deducciones a que den lugar los supuestos anteriores, será el siguiente: valor servicio contratado - perjuicio = monto efectivo a pagar”, mención que no se contempla en el punto 1.16. “Responsabilidad del Contratista”, del aludido pliego de condiciones. 3. Se ha incurrido en errores al transcribir el contrato en el acto aprobatorio, ya que no coinciden las personas que concurren a suscribirlo por la empresa. 4. En lo meramente formal, la cláusula undécima prevé la designación del “ejecutivo del contrato”, en lugar de “ejecutivo del contratista”, como indican las bases de la licitación en el punto 1.14.7.3. 5. No se advierte que se haya dado cumplimiento a lo manifestado por este Organismo de Fiscalización en su oficio N° 68.210, de 2016, en orden a que esa secretaría de Estado debía, mediante la respectiva aclaración, precisar que la aplicación de multas por el tope máximo contemplado en el último párrafo del punto 1.25.1 de las pertinentes bases administrativas -aprobadas por el decreto N° 30, de 2016, de esa cartera ministerial-, constituye también una causal de término anticipado del contrato regulado en su punto 1.26.1. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República