Dictamen N° 14827/2018
N° 14.827 Fecha: 14-VI-2018 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 5, de 2018, del Ministerio de Hacienda, que establece el monto máximo de los despachos que podrán ser realizados por las empresas de envíos de entrega rápida o expreso internacional, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto, la parte considerativa del instrumento en estudio se limita a señalar “las condiciones actuales del comercio, y lo dispuesto por el Director Nacional de Aduanas por Resolución Exenta N° 885, de 24 de enero de 2008” como las razones que fundamentarían la fijación de los montos máximos de US$ 1.000 FOB para el ingreso y de US$2.000 FOB para la salida de mercancías que se vienen aprobando en su parte dispositiva. No obstante, ambas referencias resultan ser insuficientes para fundamentar el establecimiento de las sumas indicadas en el párrafo anterior, puesto que en el primer caso se trata de una alusión genérica e indeterminada a las circunstancias comerciales actualmente vigentes, mientras que en el segundo, se invoca un acto administrativo dictado hace diez años atrás. Por consiguiente, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República