Dictamen N° 14833/2011
N° 14.833 Fecha: 10-III-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de tomar razón de la resolución N° 32, de 2011, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación contable del contrato "Construcción Estación de Transbordo ETT-6. Alameda - Norte Sur", comuna de Santiago, por cuanto no se han subsanado las observaciones formuladas mediante el oficio N° 41.344, de 2010, de este Organismo de Control, que devolvió sin tramitar la resolución N° 231, de 2010, sobre la misma materia. En efecto, en esta oportunidad sólo se acompañan ocho de los nueves ensayes de probetas cúbicas contemplados en el ítem 11.4.1 del presupuesto compensado. Asimismo, se omitió remitir los controles de calidad consignados en los ítem 11.1.1.1, 11.1.1.2, 11.1.2.4 y 11.1.2.5 del citado presupuesto. Por su parte, de acuerdo a lo señalado por ese Servicio mediante el oficio N° 1.147, de 2011, no se realizaron los ensayes relativos a calzadas de hormigón, dado que dichas obras se habría sustituido por pavimentos asfálticos en cruce de tuberías. Sin embargo, no consta que se hayan sancionado las respectivas modificaciones de obra, sino que por el contrario, se advierte que la partida calzada de hormigón fue pagada, además de que se dispuso un aumento de la misma, aprobado mediante la resolución N° 144, de 2007, situación que esa repartición deberá aclarar a la brevedad. Finalmente, atendido a lo indicado en el citado oficio N° 1.147, en orden a que el contratista habría restituido los montos pagados por concepto de ensayes no realizados, corresponde señalar que ese Servicio deberá adoptar las medidas correspondientes para determinar las eventuales responsabilidades administrativas ante el incumplimiento de las disposiciones relativas a los controles de calidad de las obras que contrata. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica Subrogante División de Infraestructura y Regulación