Dictamen CGR

Dictamen N° 14842/2009

2009-03-23 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances decreto 33, de 2009, del Ministerio de Planificación, el cual aprueba un contrato celebrado con la empresa Editora e Imprenta MAVAL Ltda., para la prestación de los servicios de impresión, alzado y distribución de material educativo del Sistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo, de conformidad con la ley N° 19.886

N° 14.842 Fecha: 23-III-2009 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto N° 33, de 2009, Ministerio de Planificación, mediante el cual se aprueba un contrato celebrado con la empresa Editora e Imprenta MAVAL Ltda., para la prestación de los servicios de impresión, alzado y distribución de material educativo del Sistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo, de conformidad con la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. No obstante, cumple con hacer presente que lo manifestado en la cláusula octava de dicho contrato, referente a la entrada en vigencia del mismo, debe entenderse que operará una vez tomado razón el acto administrativo por el cual se aprueba, en concordancia con lo dispuesto en el acápite 18 de las bases administrativas que regularon la licitación de los servicios precitados. Asimismo, si bien lo expresado en el párrafo final de la citada cláusula respecto de una eventual prórroga del contrato, de mutuo acuerdo, se adecua a lo previsto en el artículo 77, N° 1, del decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, cumple con advertir que, según lo manifestado por esta Entidad Contralora en los dictámenes N°s 25.223, de 2003; 19.712, de 2007 y 42.345, de 2008, entre otros, la estipulación de prórrogas de carácter indefinido atenta contra los principios de transparencia y de libre concurrencia de los oferentes, consagrados en el artículo 9° de la ley 18.575, de Bases de la Administración del Estado, razón por la cual este Organismo de Control entiende que dicho pacto se encuentra afecto a esa limitación.

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