Dictamen CGR

Dictamen N° 1489/2010

2010-01-11 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances resolución 116/2009 de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, que aprueba el convenio celebrado entre esa entidad, por una parte y, por la otra, la Corporación Privada para el Desarrollo de la Universidad Arturo Prat, la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y la Universidad Arturo Prat, en el marco del Decimosexto Concurso de Proyectos de Investigación y Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDEF) 2008

N° 1.489 Fecha: 11-I-2010 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 116, de 2009, de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, que aprueba el convenio celebrado entre esa entidad, por una parte y, por la otra, la Corporación Privada para el Desarrollo de la Universidad Arturo Prat, la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y la Universidad Arturo Prat, en el marco del Decimosexto Concurso de Proyectos de Investigación y Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDEF) 2008, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con precisar que de conformidad a lo dispuesto en el párrafo final del numeral I.2.3 de las bases del citado Concurso y a los antecedentes acompañados, la entidad beneficiaria que asume el rol de institución principal en el proyecto objeto de financiamiento es la Corporación Privada para el Desarrollo de la Universidad Arturo Prat, circunstancia a la cual se ha omitido hacer referencia en el instrumento en examen. Por otra parte, cabe hacer presente que, de acuerdo al contexto del convenio en estudio, la mención a “la beneficiaria” contemplada en el segundo párrafo de su cláusula vigésima cuarta, debe entenderse efectuada a “las beneficiarias”. Asimismo, de acuerdo a la documentación adjunta, corresponde anotar que la personería del representante legal de la citada Corporación consta en Acta de Sesión Extraordinaria, otorgada mediante escritura pública de fecha 14 de enero de 2005 y no como se indica en el convenio que se sanciona y que se reproduce en el acto administrativo en análisis. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Abogado Jefe de la División Jurídica