Dictamen CGR

Dictamen N° 14947/2012

2012-03-15 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Toma razón con alcances de la resolución 20/2012, del Parque Metropolitano de Santiago, que aprueba el contrato por trato director, por el "Servicio de Guardias y Seguridad al Interior del Parque Metropolitano de Santiago"

N° 14.947 Fecha:15-III-2012 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 20, de 2012, del Parque Metropolitano de Santiago , que aprueba el contrato celebrado por trato directo, por el “Servicio de Guardias de Seguridad al Interior del Parque Metropolitano de Santiago”, de fecha 16 de febrero de 2012, suscrito entre ese Servicio y la empresa Ayres Security y Compañía Limitada, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que la frase “Se entiende por incumplimiento grave y reiterado aquel que se verifica dos o más veces en un mes, cualesquiera que sean las obligaciones incumplidas”, contenida en las letras b) y c), del punto sexto del convenio de la especie, solo corresponde aplicarla a la causal regulada en la letra b), y no a la establecida en la letra c), en consideración a la naturaleza de esta última. Por otra parte, debe señalarse que en caso de requerirse los servicios adicionales establecidos en el N° 4, del punto décimo primero del acuerdo que se aprueba, éstos no pueden importar exceder el precio total a pagar por el servicio contratado, cuyo monto asciende hasta la suma de $791.997.360, tal como se consigna en su punto tercero. Finalmente, esta Entidad de Fiscalización entiende que en la resolución del epígrafe existe un error tipográfico en la transcripción del contrato, esto es en la letra f) del punto octavo -Infracciones y Multas-, en la que se agrega la expresión “que no tengan establecidas otra sanción especial”, en circunstancias que aquella no se consigna en la convención de que se trata, y que resulta impropia la alusión a “la presente Resolución Exenta” que se contiene en el resuelvo 4°. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República