Dictamen CGR

Dictamen N° 14951/2013

2013-03-06 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Recurrente no tiene derecho a percibir el bono extraordinario de la ley N° 20.134, por no cumplir con los requisitos establecidos

N° 14.951 Fecha: 06-III-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Diego Fernando Bertoli Ocampo, exfuncionario del antiguo Servicio de Correos y Telégrafos, exonerado político, para solicitar que se le reconozca el derecho que, a su juicio, le corresponde para percibir el bono extraordinario establecido por la ley N° 20.134. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 1° de la mencionada ley otorga un bono extraordinario a los extrabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado, que hubieren sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que se les hubiere concedido una pensión no contributiva, por gracia, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. Pues bien, en el caso del recurrente es dable señalar que del mérito de los antecedentes fluye que no cumple con el requisito de tener la calidad de exempleado del sector privado o de las empresas autónomas del Estado como establece la normativa en análisis, ya que fue cesado de funciones cuando se desempeñaba en el antiguo Servicio de Correos y Telégrafos de Chile, el que a la época no era empresa autónoma del Estado. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el peticionario no cumple con la totalidad de las condiciones legales que hacen procedente el otorgamiento del aludido bono extraordinario. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante