Dictamen N° 1505/2019
N° 1.505 Fecha: 16-I-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que aprueba el memorándum de entendimiento suscrito con el Ministerio de Industria, Comercio Exterior y Servicios de la República Federativa de Brasil, pero cumple con hacer presente que las disposiciones contenidas en los artículos 1 y 4 del referido acuerdo no le otorgan facultades resolutivas al Comité Regulatorio Chile-Brasil que se establece, sino que la intervención se enmarca dentro del ámbito de colaboración de ambos países en las relaciones internacionales. Además, cabe indicar que la Comisión de Monitoreo del Comercio Bilateral Brasil-Chile consta en el decreto N°128, de 2009, del Ministerio de Relaciones Exteriores, aspecto que se ha omitido consignar en el documento en trámite. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República