Dictamen CGR

Dictamen N° 1509/2011

2011-01-11 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre incorporación de asignación de zona en el cálculo de una pensión de retiro

N° 1.509 Fecha: 11-I-2011 La Contraloría Regional de Valparaíso he remitido una presentación de don Tomás Enrique Gajardo Burgos, ex funcionario de Gendarmería de Chile, quien solicita un pronunciamiento que le reconozca el derecho que, a su juicio, le asiste para incorporar la asignación de zona en el cálculo de su pensión por una inutilidad de segunda clase. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el inciso cuarto del artículo 132 del D.F.L. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, que contiene el Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, aplicable al efecto, establece que el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimiento o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribirá en el plazo de diez años. En este orden de ideas, es preciso advertir que entre la fecha de la resolución que le concedió el beneficio que lo, favorece, 6 de enero de 1998, y la presentación efectuada por el solicitante ante la Dirección de Previsión de Carabineros, impetrando dicha revisión, de 6 de octubre de 2010, ha transcurrido con creces el referido término de diez años, por lo cual su eventual derecho se encuentra actualmente prescrito. Precisado lo anterior, resulta necesario hacer presente que la institución de la prescripción ha sido establecida como una forma de dar certeza a las situaciones jurídicas, sancionando con la extinción del derecho correspondiente a quien no lo ha ejercido en la oportunidad que le brinda la ley. Enseguida, es dable anotar que no constituye una justa causa de error el desconocimiento esgrimido por el peticionario de las normas de seguridad social a que se encuentra afecto, toda vez que acorde con lo previsto en el artículo 8° del Código Civil, nadie puede alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República