Dictamen N° 15096/2018
N° 15.096 Fecha: 18-VI-2018 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución del rubro, que aprueba convenio-ad referéndum N° 1, relativo al estudio de ingeniería de detalle “Normalización de pasarelas Red Vial Normativa Acceso Universal, Región del Biobío” -que había sido representada mediante el oficio N° 9.916, de 2018, de este origen-, por cuanto lo manifestado en oficio N° 5.157, de 29 de mayo del año en curso, suscrito por el Director de Vialidad y sus antecedentes, no permiten dar por subsanadas las observaciones formuladas por esta Entidad de Control. En efecto, en lo que se refiere al aumento de plazo de 45 días en la etapa 2 -producto de la suspensión de las labores por la interferencia con el gaseoducto de la empresa Ennergy-, si bien se acompañan antecedentes que dan cuenta de un impedimento, no ha sido posible establecer la relación entre la consultora que lleva a cabo el estudio y a la cual se otorga el mayor plazo -CDI Consultores Ingenería SpA- y la empresa afectada por las solicitudes del dueño del gasoducto -Geo Consultores- y que realizó los trabajos de mecánica de suelos, ni la vinculación del profesional que dirige esos trabajos en la empresa afectada el que, sin embargo, fue nominado para el estudio por la consultora en calidad de especialista en mecánica de suelos. Por su parte, respecto a la disminución de plazo en las etapas 4 y 5, en esta ocasión solo se anota que al ser incluida en el cronograma de actividades se considera de conocimiento y aceptación por ambas partes, sin explicitar las razones de dicha variación. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación