Dictamen CGR

Dictamen N° 15107/2016

2016-02-26 · Obras públicas y concesiones · general · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 72, de 2016, de la Dirección de Vialidad

N° 15.107 Fecha: 26-II-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba la devolución de las retenciones correspondientes al contrato “Construcción puente sobre el río Maule y accesos (Colbún), sector ruta 115-CH-ruta L-11, tramo Dm. 0.000,000-Dm. 9.845,462, comuna de San Clemente, provincia de Talca, región del Maule”, por cuanto no es posible determinar que se cumple la totalidad de los requisitos contemplados en el artículo 169 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, para la procedencia de la medida que se dispone, en lo que respecta a que no existan saldos pendientes en contra del contratista. Lo anterior, toda vez que no se acompañó la totalidad de los certificados de laboratorio asociados al control de hormigones, a las bases asfálticas en caliente de graduación gruesa y al concreto asfáltico de rodadura, que son esenciales para verificar si las multas cursadas fueron calculadas correctamente. Por su parte, respecto a los certificados de ensayo de compresión de hormigones de las vigas postensadas acompañados, se advierte discrepancia entre el resultado de la resistencia del material y las cantidades que se consigna en cuanto a la carga máxima y a la sección de la probeta. A su vez, en lo que concierne a la evaluación por grupo de muestras consecutivas de tales vigas cabe objetar la inconsistencia entre el total que arroja la resistencia en la evaluación por grupo de muestras consecutivas -en unidad mega pascal, MPa- y la anotada en el certificado de control de hormigones -Kgf/cm 2 - las que no son equivalentes. Enseguida, es dable agregar que el cálculo de la multa aplicada por concepto de calidad del hormigón -ítem 501-14- se aparta del establecido en la tabla contenida en el punto 5.501.315.D, del respectivo Manual de Carreteras. Luego, que el monto asociado a la multa pagada por la insuficiencia en el hormigón de la partida 501-6, contenido en el certificado de evaluación por grupo de muestras consecutivas -$411.596-, no se condice con el consignado en los demás documentos acompañados acerca de tal materia. Por último, se omitió remitir el detalle del cálculo de la multa vinculada al ítem 710-3.b barreras de hormigón F -puente Maule-. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación