Dictamen N° 15507/2009
N° 15.507 Fecha: 26-III-2009 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 26, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba las notas aclaratorias N°s. 4, 5, 6 y 7, todas de la licitación "Habilitación Centro Gabriela Mistral Etapa I". Sin embargo, cumple con hacer presente lo siguiente: Debe entenderse que el punto C.1, "Planos", de la Nota aclaratoria N° 4, corresponde; al punto C.2 según la correlación allí establecida. Asimismo, en la nota aclaratoria N° 6, debe entenderse que la respuesta a la pregunta N° 14 hace referencia a la respuesta a la pregunta N° 3 y que en la respuesta a la pregunta N° 16, la mención a la lámina EL-E2-70 "esquemas unilineales edificio 2", corresponde a la lámina EL-E2-79. Del mismo modo, en el punto B.3, Planos", la denominación correcta del plano EL-E1-82 del proyecto eléctrico es "Cuadro Resumen de Potencias, edificio 1 ". Además, en la nota aclaratoria N° 7, en las respuestas a las preguntas N°s 16, 21 y 28, la mención hecha al plano EL-E2-085 debe entenderse hecha al plano EL-E2-086; que aquella hecha en las respuestas a la preguntas N°s. 35 y 36 al plano EL-E1-04A, debe referirse al plano EL-E2-04A; y que la cita efectuada en el punto C.3, “Planos", a los planos AD-ET-02, EL-E1-85, EL-E1-86 y EL-E2-37, se entiende realizada a los planos AD-ET-06, EL-E2-85, EL-E2-86 y EL-E1-37, respectivamente. Asimismo, debe .advertirse que junto a la citada nota, se entregaron a los proponentes las láminas correspondientes a los planos EL-E1-082 y EL-E1-014, mencionados en las respuestas a las preguntas N°s 23 y 28, respectivamente, aunque no hayan sido indicadas en la nómina de entrega. Finalmente, cumple con señalar que, en lo sucesivo, esa Dirección deberá incorporar en el texto de resoluciones como la de la especie el contenido de los documentos que sancionen, en conformidad al articulo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón