Dictamen CGR

Dictamen N° 15534/2011

2011-03-14 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución 10/2011, del Servicio Nacional de Turismo, que aprueba convenio que indica

N° 15.534 Fecha: 14-III-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso a la Resolución N° 10, de 2011 del Servicio Nacional de Turismo, mediante el cual se aprueba el convenio celebrado entre dicha Institución y la Corporación de Promoción Turística de Chile, para la ejecución del Plan de Marketing 2011, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente, en relación con lo estipulado en los numerales 3, 4, 5 y 6 de la cláusula sexta del referido acuerdo de voluntades, que no obstante haberse omitido consignar los plazos en que el Servicio Nacional de Turismo aprobará las rendiciones de cuentas y los informes a que en dichos puntos se alude, esa repartición pública deberá proceder a su revisión con la debida diligencia y oportunidad, acorde con lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a los órganos de aquélla el deber de actuar por iniciativa propia en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites. Asimismo, es del caso agregar que en el evento que procediere la restitución de los recursos entregados y no gastados, al tenor de lo dispuesto en el numeral 8 de la antedicha cláusula contractual, la notificación que se practique al efecto deberá determinar el plazo para que la entidad receptora reintegre las sumas correspondientes, lo que debe aplicarse también a la restitución de los recursos observados, aspecto que se ha omitido consignar en el instrumento en examen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República