Dictamen N° 15614/2010
N° 15.614 Fecha: 24-III-2010 Por la presentación de la referencia, don Patricio Ramírez Surot solicita un pronunciamiento relativo al quórum con que deben contar los condominios de viviendas por la ley N° 19.537 para los efectos de la aplicación del programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado en el decreto N° 255, de 2006, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Al respecto, cabe señalar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por el oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 21.590, de 2001 y 16.686, de 2008, a ésta sólo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado. En ese contexto, y atendido que la presentación aludida no se encuentra en ninguna de las situaciones antedichas, este Órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Abogado Jefe División de Infraestructura y Regulación