Dictamen N° 15646/2015
N° 15.646 Fecha: 25-II-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del epígrafe, mediante los cuales se aprueban los acuerdos de gestión para los programas "Prestaciones Valoradas" y "Prestaciones Institucionales", y sus respectivos anexos, suscritos entre el Fondo Nacional de Salud, FONASA, la Subsecretaría de Redes Asistenciales y las instituciones que en cada caso se indica, por encontrarse ajustados a derecho. Al respecto, cabe consignar que los recursos de que se trata corresponden a los consignados en el subtítulo 24, ítem 02, programa 03 “Programa de Prestaciones Valoradas” de la ley N° 20.798, de Presupuestos del Sector Público para el año 2015, y que con arreglo a la glosa 01, aplicable en la especie, el valor de las prestaciones a otorgarse con cargo a tales haberes será el que se fije en el arancel que se apruebe por una resolución dictada por los Ministerios de Salud y de Hacienda, a proposición de FONASA, lo que para la presente anualidad se materializó a través de la dictación de la resolución exenta N° 1.113, de 2014, de las Carteras de Estado antes mencionadas. En este contexto, cumple con hacer presente que se advierte una discrepancia entre el punto II.2 del anexo N° 1 de los convenios en estudio y el numeral 59 de la mencionada resolución exenta N° 1.113, toda vez que en el primero se contempla la prestación “Implante coclear mayores de 2 años”, mientras que en este último acto administrativo la prestación “Implante coclear” se encuentra contenida en el acápite “Hipoacusia neurosensorial bilateral del prematuro”. Por lo anterior, FONASA deberá efectuar los ajustes necesarios para corregir esa discordancia. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los actos administrativos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante