Dictamen N° 15982/2015
N° 15.982 Fecha: 26-II-2015 Esta Contraloría General ha tomado razón del documento individualizado en el epígrafe, que designa abogados integrantes de las Cortes de Apelaciones que se indican, para el año judicial 2015, para lo cual se ha tenido en consideración lo dispuesto en el artículo único de la ley N° 9.585, que señala, en lo que interesa, que la incompatibilidad de funciones establecida en el artículo 261 del Código Orgánico de Tribunales no rige respecto de los abogados integrantes de los Tribunales Superiores. Lo anterior resulta especialmente aplicable respecto de don Marco Antonio Arellano Quiroz -integrante de la Corte de Apelaciones de San Miguel-, quien es miembro titular del Tribunal de Propiedad Industrial; y de don Carlos Alberto Contreras Quintana -integrante de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas-, quien desempeña un cargo de director de la Empresa Portuaria Austral. Adicionalmente, es preciso indicar que, según los registros de este Organismo de Control, don Pablo Antonio Vega Etcheverry -integrante de la Corte de Apelaciones de La Serena-, tiene el R.U.N. N° 5.574.332-0, y no el que se señala. Por otra parte, cabe hacer presente que el segundo nombre de la señora María Latife Anich -integrante de la Corte de Apelaciones de Rancagua-, corresponde a Lutfie y no como se indica en el presente decreto. Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento de la suma. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante