Dictamen N° 16035/2016
N° 16.035 Fecha: 01-III-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3766, conducido por su funcionario, señor Felipe Alberto Maureira Tordecilla, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 15 de enero de 2015, mientras ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Los Castaños, en la comuna de Santa María, colisionó con un vehículo particular, resolviendo el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, absolver a ambos conductores de responsabilidad en ese accidente de tránsito, como se advierte de la copia de tal sentencia incorporada al expediente. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 16, de 2015, de la Zonal Mantenimiento de Vehículos Valparaíso, ascendieron a la suma de $1.799.256, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Felipe Alberto Maureira Tordecilla, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3766. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante