Dictamen N° 16091/2026
N° OF16091 Fecha: 23-01-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases para la adquisición de servicios tecnológicos para el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, pero cumple con hacer presente que ese servicio, en la etapa de aclaraciones, deberá precisar en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado que, acorde con el artículo 16 de la ley N° 19.886, los interesados en participar de la convocatoria de que se trata deben encontrarse inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores tanto al ofertar como al contratar, a diferencia de lo que podría desprenderse del tenor de lo expresado en el tercer párrafo del N°5.1 de las citadas pautas. Además, cabe señalar que las modificaciones que se introduzcan al respectivo contrato, al tenor de lo establecido en el N° 22 de las bases de que se trata, deben ser formalizadas mediante un acto administrativo totalmente tramitado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República