Dictamen N° 16112/2019
N° 16.112 Fecha: 13- VI-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, -representado mediante el oficio Nº 1.033, de 2019, de este origen-, que pone término anticipado al contrato “Refuerzo de revestimientos en estero Nonguén, ciudad de Concepción”, teniendo presente, en relación a las observaciones formuladas en el citado oficio, lo manifestado en la minuta, sin fecha, y en la minuta, de 12 de abril de 2019, ambas suscritas por el inspector fiscal de la obra, adjuntas al oficio N° 2.572, de 24 de mayo, de 2019, de esa dirección. No obstante, se reitera a esa dirección, tal como se ha indicado, entre otros, en el oficio Nº 5.229, de 2018, de este origen que, en lo sucesivo, los actos administrativos que dispongan el término anticipado de un contrato, deben detallar con claridad las circunstancias precisas que den cuenta de la causal de término anticipado que se aplique en cada caso. Lo anterior, es sin perjuicio de lo que establezca la comisión de recepción de la obra en el informe detallado y valorizado de los trabajos ejecutados, que debe elaborar en conformidad al artículo 166 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, y de los diversos montos que resulten de la liquidación del contrato, cuyo análisis de legalidad se hará en su oportunidad, junto a la revisión de la regularidad de su ejecución. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División