Dictamen CGR

Dictamen N° 16165/2017

2017-05-04 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa las resoluciones N°s. 31 y 32, ambas de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas

N° 16.165 Fecha: 04-V-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a las resoluciones del rubro, a través de las cuales se aplica a Constructora Branex Ltda. las sanciones de suspensión por tres y dos años, respectivamente, del Registro de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas, por cuanto al disponer -en sus resuelvos N°s 2- que su cómputo será a contar de la fecha en que tales actos administrativos queden totalmente tramitados, en forma independiente de cualquier otra sanción que pueda haberse aplicado a la indicada empresa en otro procedimiento administrativo, implica que ellas se cumplirían simultáneamente, lo que, atendida la naturaleza de las sanciones de que se trata, no resulta posible si se considera que hace ilusoria una de ellas. En consecuencia, a menos que se acumulen los procedimientos, en conformidad al artículo 33 de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, a los efectos de aplicar una única sanción por la totalidad de las infracciones en que incurrió la empresa contratista, procede que ese servicio disponga que las sanciones de suspensión aludidas se apliquen en forma sucesiva. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe División de Infraestructura y Regulación