Dictamen N° 16251/2009
N° 16.251 Fecha: 30-III-2009 La Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control preventivo de juridicidad respecto de las resoluciones N°s 20, y 21, de 2009, de la Dirección General de Aguas, a través de las cuales se designa a los funcionarios que indican para ejercer las facultades del artículo 315 del Código de Aguas, por cuanto la delegación de funciones que los mencionados documentos vienen disponiendo no corresponden a materias sometidas a dicho control, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Atendido lo expuesto, se remite adjunto los actos administrativos indicados, sin perjuicio de aplicarse a su respeto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la aludida resolución N° 1.600.