Dictamen CGR

Dictamen N° 16258/2015

2015-02-27 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto

N° 16.258 Fecha: 27-II-2015 Se dirigido a esta Entidad de Control el señor Edgardo Tritini Lillo, consultando acerca de si resultó ajustado a derecho el proceder de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, consistente en repartir juguetes a los niños de la comuna en el período navideño a través de la directiva de una junta de vecinos, la cual resultó electa en un proceso que posteriormente fuera anulado a través de la resolución que indica del Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana en causa Rol N° 941-2014. Requerida al efecto, la aludida entidad edilicia informó que, a su juicio, la solicitud formulada debe ser desestimada, ya que, por una parte, el recurrente no manifiesta cual es el bien jurídico lesionado, y, por la otra, que la actuación objeto del reclamo se ha enmarcado dentro de sus atribuciones legales, precisando que, al momento de iniciarse el proceso de entrega de obsequios, la junta de vecinos involucrada se encontraba en período de elecciones. Por último, hace presente que el señor Triniti Lillo interpuso en contra suya un recurso de protección el cual fue desestimado por los Tribunales de Justicia. Sobre el particular, cumple señalar que esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 o , inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia la Corte Suprema, en causa Rol N° 12.905-2014, dictó sentencia definitiva. Transcríbase a la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante