Dictamen N° 16500/2010
N° 16.500 Fecha: 30-III-2010 La Contraloría General de la República, en el ejercicio de las atribuciones de carácter normativo que le competen en materia de Contabilidad Pública, ha estimado procedente complementar el Oficio C.G.R. N° 60.820, de 2005, y sus modificaciones, sobre Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación, incorporando en el capítulo tercero, Plan de Cuentas Sector Público, las cuentas 121 06 05 Deudores por Transferencias Corrientes al Gobierno Central y 121 06 06 Deudores por Transferencias de Capital al Gobierno Central. Asimismo, como las referidas cuentas deben incorporarse al procedimiento contable E - 09, también se ha estimado necesario complementar el oficio C. G.R. N° 54.900, de 2006, y sus modificaciones, sobre Procedimientos Contables para el Sector Público, ampliando el citado procedimiento, cuyo detalle se adjunta. Las modificaciones señaladas tienen por objeto permitir que aquellas transferencias entregadas a entidades del Gobierno Central e incorporadas al presupuesto del organismo receptor, sean contabilizadas como Bienes Financieros en Deudores por Rendición de Cuentas, cuando de acuerdo a cláusulas de convenios y normativa legal, el organismo receptor debe informar de la ejecución financiera de cada programa en forma periódica al organismo otorgante, lográndose a su vez, fortalecer el control sobre la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República