Dictamen N° 165205/2025
N° E165205 Fecha: 30-09-2025 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de estudiar el acto del epígrafe, que aprueba trato directo y convenio suscrito con la Municipalidad de Natales, por cuanto dicho documento no se encuentra afecto al trámite de toma de razón. Al respecto, conforme al artículo 11, N° 11.4, de la resolución N° 36, de 2024, de este origen, quedarán sujetos a toma de razón los aportes o transferencias de recursos, con o sin convenio, por un monto superior a 5.000 unidades tributarias mensuales. Pues bien, del examen del acto en estudio, se constata que aquel dispone una transferencia de recursos de menor cuantía a la antes expresada. De este modo, corresponde que la presente resolución se apruebe mediante un acto administrativo exento del control previo de legalidad. En razón de lo expuesto, se devuelve sin tramitar la resolución del rubro, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el artículo 23 de la citada resolución N° 36, de 2024, de este origen. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que en todo caso la prórroga prevista en la cláusula quinta del citado convenio, debe ajustarse a lo dispuesto en el N° 3 del artículo 24 de la ley N° 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República MARÍA SOLEDAD FRINDT RADA Jefe de División de Contabilidad y Finanzas Públicas