Dictamen N° 16548/2017
N° 16.548 Fecha: 08-V-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la renovación del contrato de prestación de servicios de aseo, limpieza y mantenimiento para las dependencias de esa institución, suscrito con la Sociedad Comercial Manseq Limitada, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, esta Entidad de Control entiende que la cláusula segunda del contrato en examen se remite a la cláusula quinta del acuerdo de voluntades original, que es la que regula la posibilidad de renovar el contrato, y no a la que allí se señala. Del mismo modo, entiende que la cláusula tercera del presente convenio alude a la cláusula octava del contrato principal, que regula la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Por último, cabe anotar que el período que comprende la renovación en análisis se extiende entre el 2 de marzo de 2017 y hasta el 1 de marzo de 2018 y no el que se señala en el considerando N° 4 del acto administrativo del rubro. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República