Dictamen N° 166495/2021
N° E166495 Fecha: 20-XII-2021 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al acto del epígrafe, que aprueba una modificación del convenio de transferencia de recursos suscrito con la Universidad de Concepción en el marco de la ejecución de la asignación “Internacionalización de Universidades”, por cuanto dicho documento no se encuentra afecto al trámite de toma de razón. Al respecto, conforme al artículo 1°, N° 1 de la resolución N° 16, de 2020, de esta Contraloría General, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, en relación al artículo 11, N° 11.5, de la resolución N° 7, de 2019, de este origen, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, quedarán sujetos a toma de razón las transferencias de recursos, con o sin convenio, cuya competencia territorial corresponda al Nivel Central de la Contraloría General, cuando el monto comprometido supere las 20.000 UTM. Pues bien, del examen del acto que se viene enmendando se puede constatar que aquel dispone una transferencia de recursos de una menor cuantía a la antes expresada. De este modo, corresponde que el Ministerio de Educación apruebe la indicada modificación mediante un acto administrativo exento del control previo de legalidad. En razón de lo expuesto, se devuelve sin tramitar el decreto del rubro. Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División