Dictamen N° 16852/2019
N° 16.852 Fecha: 21-VI-2019 La Contraloría General no ha dado curso el instrumento del rubro, que aprueba la devolución de retenciones del contrato “Construcción Puentes Lepe 1, Lepe 2 y El Toro, Sector Camino Curacaví - Lepe – Pangue, Rol G-764F y Camino El Toro, Rol G-760, Comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana”, por cuanto no es posible determinar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos que establece el artículo 169 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, para la procedencia del acto que se dispone, específicamente, en lo que respecta a la inexistencia de saldos pendientes en contra del contratista. Lo anterior, ya que no fue remitida la copia del libro de obra N° 2, folio N° 6, citado en el estado de pago N° 11, fundamento de la multa ahí descontada -rebajada según consta en el estado de pago N° 17-. Por su parte, en lo que dice relación con la aplicación de las multas técnicas del contrato, no se han acompañado los antecedentes que den cuenta de los ensayos realizados a los materiales utilizados en la obra, entre los que se encuentra el hormigón grado H-20 y el tratamiento superficial doble. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División