Dictamen N° 16872/2017
N° 16.872 Fecha: 10-V-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aplica la medida disciplinaria de un día de permanencia en el cuartel al funcionario que indica, en el entendido de que quien suscribe el referido acto, esto es, el Jefe Nacional de Criminalística subrogante, lo hace en ejercicio de las atribuciones propias del cargo, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 67, del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, y no por orden del Director General, como se señala en la resolución en estudio. Asimismo, cumple con hacer presente que si bien, en la especie, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la ley N° 10.336, procedería la instrucción de un juicio de cuentas en contra de ese servidor, por el perjuicio causado al patrimonio fiscal, derivado del extravío de las especies fiscales a su cargo, en atención a la baja cuantía a que ascendió el perjuicio ocasionado -$84.444-, este Organismo Fiscalizador, con arreglo al criterio contenido en los oficios N os 12.585, de 2010 y 16.483, de 2010, se abstendrá de iniciar ese procedimiento, de manera que no se deberán remitir los antecedentes para ese fin, según fuese indicado, para una situación similar, en el oficio N° 11.664, de 2017, de este origen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal