Dictamen N° 170154/2025
N° E170154 Fecha: 08-10-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba un convenio de colaboración y transferencia de recursos entre el Instituto de Desarrollo Agropecuario y el Instituto de Investigaciones Agropecuarias, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, en cuanto a la obligación prevista en la cláusula décima octava del convenio, cabe hacer presente que según lo dispuesto en el artículo 24, N°5, de la ley N° 21.722, los organismos públicos tendrán el plazo máximo de seis meses para pronunciarse acerca de la rendición de cuentas otorgadas por las instituciones privadas respectivas. A su turno, en relación con lo regulado en su cláusula decimonovena, esta Entidad de Control entiende que el fundamento para que puedan rendirse gastos ejecutados con anterioridad a la total tramitación del presente acto, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, dice relación con razones de continuidad de las actividades que se financian, lo que en lo sucesivo debe constar en el instrumento respectivo. Enseguida, cumple con indicar que, las modificaciones al mencionado convenio a que alude su cláusula vigésima deben ser sancionadas mediante acto administrativo afecto. Finalmente, atendido que el presente acuerdo incluye traspasos de fondos que exceden del año 2025, la imputación de los gastos que se efectúe con cargo a ejercicios futuros debe entenderse realizada al subtítulo e ítem que corresponda del presupuesto de la anualidad respectiva, en la medida que se contemplen recursos para ello, aspecto que se omitió consignar en esta oportunidad. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República VÍCTOR HUGO MERINO ROJAS Subcontralor General