Dictamen N° 170403/2025
N° E170403 Fecha: 08-10-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación del servicio de enlace de datos y telefonía IP en las oficinas centrales de la Subsecretaría de Prevención del Delito, no obstante, cumple con hacer presente que atendido el tiempo transcurrido entre la emisión de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se acompaña, y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en la cláusula quinta del mismo, el mencionado instrumento no cubre completamente el plazo de duración de dicha convención, más 60 días hábiles, por lo que la superioridad del servicio deberá velar para que dicha caución sea renovada por el proveedor antes de su vencimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 122 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, y atendida la duración del convenio, contenida en la citada cláusula quinta, los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros solo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos, lo que se ha omitido consignar en el documento en estudio (aplica el oficio N° E137382, de 2025). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo individualizado en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica