Dictamen CGR

Dictamen N° 17169/2019

2019-06-25 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por las razones que indica

N° 17.169 Fecha: 25-VI-2019 La II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago ha remitido a este Nivel Central la presentación de la referencia, a través de la cual el Director de Obras de la Municipalidad de Paine requiere un pronunciamiento respecto del sentido y alcance de lo previsto en los artículos 4.5.4. y 4.5.6. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones -aprobada por el decreto N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, en lo que atañe a los requisitos del estudio que se debe acompañar a las solicitudes de permiso para construir o destinar edificios existentes a locales escolares que consulten una capacidad superior a 720 alumnos. En particular “solicita aclarar la facultad de los sostenedores o interesados, para declarar un número inferior de alumnos a la capacidad real del establecimiento, y si esto les reduce las exigencias contempladas en la restante normativa aplicable”. En este orden de ideas, cumple con manifestar que esta Sede de Control, en esta oportunidad, debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, toda vez que de conformidad con lo señalado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen -que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico-, las consultas que se formulen por los órganos de la administración del Estado, deben emanar de la respectiva jefatura superior del Servicio o autoridad con potestades desconcentradas o delegadas, y remitirse acompañadas de un informe jurídico fundado de la Asesoría Jurídica del respectivo órgano, condición que no se verifica en la especie. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación

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