Dictamen CGR

Dictamen N° 17367/2014

2014-03-10 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 17.367 Fecha: 10-III-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2847, conducido por su funcionario, señor Hugo Andrés Montecinos Norambuena, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 27 de diciembre de 2011, mientras ese servidor, en el contexto de un procedimiento policial, se desplazaba en el citado móvil por la Avenida Américo Vespucio, en la comuna de Vitacura, se posicionó delante de un vehículo particular -que tenía encargo por robo-, con la finalidad de que redujera su velocidad y se detuviera, y al ingresar a la Autopista Costanera Norte, el conductor de este último, con el objeto de evitar su aprehensión, realizó una maniobra de sobrepaso, colisionando por roce al automóvil fiscal, dándose a la fuga, practicándose la denuncia ante la Primera Fiscalía Militar de Santiago. Los deterioros causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 72, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $50.274, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en la documentación tenida a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Hugo Andrés Montecinos Norambuena, por los daños producidos en el automóvil fiscal RP-2847; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República