Dictamen CGR

Dictamen N° 17374/2015

2015-03-04 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 17.374 Fecha: 04-III-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2997, conducido por su funcionario, señor Alexis Arnaldo Morales Torres, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 14 de mayo de 2014, ese servidor se desplazaba en el citado vehículo por la Avenida Tobalaba, en persecución de una camioneta que tenía encargo por robo, y al llegar a la intersección con calle Eucaliptus, en la comuna de La Reina, el chofer de esta última, con la finalidad de evitar su fiscalización, efectuó una maniobra de retroceso, colisionando al móvil policial, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 125, de 2014, estableció como causa del siniestro, practicándose la denuncia ante la Fiscalía de Flagrancia Metropolitana Occidente. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 186, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $3.714.778, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 81, de 2014, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Alexis Arnaldo Morales Torres, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2997; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República