Dictamen N° 17405/2017
N° 17.405 Fecha: 15-V-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, por medio de la cual se aprueba la renovación del convenio que indica para la realización de los programas de especialización de los profesionales que se individualizan, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en lo sucesivo, los acuerdos de voluntades como el de la especie, deben suscribirse y aprobarse oportunamente, toda vez que, en este caso, el contrato se celebró el 13 de diciembre de 2016, pero el año académico de algunas especialidades comenzaba en abril y otras en mayo de esa anualidad; y la resolución aprobatoria se dictó el 22 de diciembre de este mismo año (aplica criterio de dictámenes N°s. 78.977, 79.621 y 84.235, todos de 2015). Además, cumple con señalar que, según consta en el texto del contrato que se sanciona, quien compareció en la suscripción del convenio en representación de la Universidad de Concepción fue el señor Bernabé Rivas Quiroz, y no la persona que se indica tanto en el resuelvo N° 1 del acto administrativo en examen como en la transcripción del encabezado de ese acuerdo de voluntades (aplica dictamen N° 14.348, de 2015). Enseguida, cabe hacer presente que el convenio entre las partes se suscribió el 13 de diciembre de 2016 y no el 18 de noviembre de esa anualidad como se consigna en el considerando N° 7°, en el resuelvo N° 1 y en la transcripción del encabezado de ese acuerdo de voluntades en la resolución en análisis. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento señalado. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República