Dictamen N° 17410/2016
N° 17.410 Fecha: 04-III-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución de la suma, que aprueba las bases administrativas y técnicas y anexos para la contratación de asesoría técnica en la ejecución del proceso de evaluación del desempeño profesional docente para el año 2016, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, es necesario que en la etapa de aclaraciones de la licitación pública esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración que las uniones temporales de proveedores podrán, al momento de formular sus ofertas, presentar cualquier documento que formalice la unión, en los términos establecidos en el inciso primero del artículo 67 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sin que sea obligatorio acompañar una “copia de la Escritura Pública que formalice la Unión”, como se prescribe en el N° 6.3 del pliego de condiciones. Asimismo, deberá precisar que la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser la misma que aquella indicada para la pertinente oferta en el N° 6.5 de las bases administrativas. Finalmente, deberá aclarar que para garantizar la seriedad de la oferta se aceptará cualquier instrumento que sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable y no solo aquel que se menciona en el último párrafo del N° 7 del pliego en estudio. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República