Dictamen CGR

Dictamen N° 17529/2018

2018-07-12 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 8, de 2018, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional

N° 17.529 Fecha: 12-VII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación del servicio de concesión de la central de alimentación, casino y cafetería que indica, celebrado con la empresa Mediterránea de Catering S.L. Unipersonal Agencia en Chile, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cabe precisar que -atendida la duración del convenio, contenida en su cláusula segunda- la imputación que se realiza en el N° 4 del resuelvo del acto administrativo en examen, debe entenderse efectuada, en lo que corresponda, a los presupuestos de los años siguientes, siempre que se consulten los recursos para ello y se cumplan las condiciones previstas para el desembolso, lo que se ha omitido consignar en el documento en estudio (aplica oficios N°s. 32.381 y 16.583, ambos de 2017). Por su parte, cumple con manifestar que, en lo sucesivo, esa repartición pública deberá velar para que en los instrumentos como el de la especie, esto es, sujetos al control preventivo de legalidad, se consigne el imperativo final “tómese razón”, lo que se ha omitido en esta oportunidad (aplica oficio N° 88.340, de 2016). Por último, cumple con hacer presente que el acto en estudio tiene el carácter de afecto y no aquel que se señala en los numerales 2, 3 y 5 de su parte resolutiva. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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