Dictamen N° 17531/2019
N° 17.531 Fecha: 27-VI-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que autoriza ejecución de la obra “Conservación administración directa caleta Hanga Piko, etapa I. Isla de Pascua”, por la modalidad de administración directa, por cuanto no se han adjuntado los antecedentes que acrediten lo consignado en los considerandos del acto en examen respecto de las actuaciones llevadas a cabo desde la declaración de emergencia dispuesta por el decreto N° 58, de 2018, del Ministerio de Obras Públicas, totalmente tramitado el 6 de abril de 2018. Tampoco queda claro el alcance del resuelvo 5° de acto de la suma en cuanto al carácter referencial del plazo de 156 días allí indicado y de lo expresado en orden a que al programa a que alude “no considera la futura organización de las actividades en el(los) contrato(s) que se deban ejecutar para llevar a cabo la administración directa de la obra”, y su incidencia en el referido plazo. Por otra parte, no consta que el proyecto del presente contrato haya sido sometido al sistema de evaluación ambiental o, en su caso, la competente certificación de que no es pertinente su sometimiento al mismo, considerando que en la especie las obras inciden en un área que fue declarada monumento histórico, mediante el decreto N° 4.536, de 1935, del Ministerio de Educación. Por último, no queda claro si los fondos de que se trata serán administrados en una cuenta corriente especialmente destinada al efecto, en cuyo caso deberá individualizarse en el acto en estudio. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División