Dictamen CGR

Dictamen N° 17878/2014

2014-03-11 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Compete a los tribunales de justicia determinar el alcance de sus sentencias, por lo que resulta improcedente que esta entidad de control interprete su sentido
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Dictamen N° 35040/2014
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Dictamen N° 25256/2014
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N° 17.878 Fecha: 11-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Instituto de Previsión Social, para solicitar un pronunciamiento que determine si procede el pago de remuneraciones a la señora María Díaz González, funcionaria de ese organismo, por el periodo en que estuvo separada de sus labores en razón de haberse declarado la vacancia de su cargo por salud incompatible, medida que fue anulada en virtud de una sentencia judicial. Sobre el particular, cumple con señalar que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la empleada de que se trata interpuso un recurso de protección en contra del mencionado cese, acción que fue acogida por la Corte de Apelaciones de Santiago, ordenándose dejar sin efecto el alejamiento de la interesada. Ahora bien, y teniendo presente que no se advierte que en el texto de la aludida decisión judicial se hubiera dispuesto el pago de las rentas correspondientes al período en que la señora Díaz González estuvo separada de sus funciones, es necesario manifestar que compete a los Tribunales de Justicia determinar el alcance de sus sentencias, resultando improcedente que esta Entidad de Control informe acerca de la materia en consulta, tal como se ha señalado, para un caso similar, en el dictamen N° 57.939, de 2011, de este origen. En consecuencia, y en armonía con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, que fija su Organización y Atribuciones, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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